Divorciado? Todo lo que necesita saber sobre los derechos de custodia de los hijos

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Veena Gowda, Abogada de Derechos de la Mujer

Si el divorcio es inevitable, las batallas amargas no pueden ser la opción para resolver los problemas de custodia y acceso de los hijos. La custodia de un niño, cuando los padres se divorcian, solo implica con quién residirá físicamente el niño. Ambos padres siguen siendo tutores naturales. El padre con custodia será el principal cuidador responsable de las necesidades emocionales, médicas y educativas del niño y el padre sin custodia que no pierda los derechos sobre el niño tendrá derecho de visita.Con el paso de los años, la custodia y el acceso han pasado de ser el «derecho de los padres» a ser el «derecho de los hijos». El principio no negociable sobre el que se decide la custodia es el «interés superior y el bienestar del niño». El único criterio es quién atenderá mejor las necesidades emocionales, educativas, sociales y médicas del niño. La capacidad de ingresos del padre no determina la custodia, pero sí la capacidad de proporcionar un entorno seguro. Una madre que no gane dinero no será descalificada, pero se le pedirá al padre que gane que proporcione manutención de los hijos. Si bien la madre es la madre con la custodia preferida cuando el niño es de corta edad, una vez que el niño alcanza una edad discernible, se tendrán en cuenta sus deseos al decidir la cuestión de la custodia y el derecho de visita . La creencia de que una vez que un niño alcanza una edad determinada, el padre tendrá un derecho indiscutible está fuera de lugar y es errónea.Este principio del interés superior del niño debe aplicarse también en caso de divorcio mutuo. ¿Con quién se quedará el niño, cuáles serán las condiciones de acceso, cómo se cubrirán los costos de vida y educación del niño? Las partes tienen un espacio de negociación más amplio en el que se pueden desarrollar términos más innovadores, como la custodia compartida, un concepto que no existe en los estatutos, pero que ha evolucionado al negociar acuerdos de divorcio. En esto, ambos padres tendrán la custodia legal, pero uno tendrá la custodia física y será el cuidador principal. El acceso al padre sin custodia puede ser semanal, quincenal, diario o mensual. Podría ser solo acceso de día o acceso nocturno con aumento gradual, incluidos fines de semana y/o vacaciones, acceso en días especiales, etc. También podría ser de acceso gratuito sin horario fijo, pero según la conveniencia de los padres y del niño, podría incluir el derecho del padre sin custodia a eventos escolares, etc.Uno debe recordar que, como padre, cada «derecho» que ejerza también debe tener un «deber» correspondiente hacia el niño. Por importante que sea el derecho de custodia o de visita, también lo es el deber de proveer y mantener al niño. Las partes pueden acordar una suma global única o un pago escalonado, ya sea en diferentes etapas de la vida educativa del niño o una cantidad mensual con aumento gradual. Sea lo que sea, debe ser suficiente para que los gastos cotidianos del niño mantengan o mejoren el nivel de vida. La propiedad a nombre del niño con cualquiera de los padres como tutor también se puede entregar como una suma global con el alquiler de la propiedad utilizada para los gastos mensuales de mantenimiento. También se podrían tener en cuenta las inversiones que podrían producir un mayor rendimiento en un momento posterior, como las pólizas de seguros y educativas. También deben considerarse disposiciones para situaciones imprevistas, como emergencias médicas.El temor de que el dinero reservado para el niño pueda ser utilizado indebidamente por el progenitor que tiene la custodia o de que el progenitor que no tiene la custodia pueda abusar por sí solo de las condiciones de visita no debe impedir una solución amistosa. El tribunal es parens patriae, el tutor último del niño y de sus bienes, por lo que los bienes e ingresos del menor están ampliamente protegidos por la ley y las condiciones de custodia, acceso y manutención de los hijos pueden modificarse en circunstancias cambiantes y/o en interés del niño. Tiene que ser «el mejor interés del niño».Veena Gowda Abogada de Derechos de la Mujer



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