La nueva Ley de 2020 Prohíbe las Disposiciones de «No volver a contratar»

Publicada el 27 de marzo de 2020 | Discriminación en el lugar de trabajo

Cuando los empleados presentan una reclamación contra un empleador por acoso en el lugar de trabajo, a menudo, como parte de una oferta de acuerdo, los empleadores incluirían una disposición de «no volver a contratar» para garantizar que a la víctima de acoso nunca se le permita trabajar para su empresa en el futuro.

Mientras que muchos empleados y empleadores a menudo acuerdan separarse después de una reclamación de acoso o discriminación, hay casos en los que un empleado querría volver a solicitar un puesto en la empresa en el futuro. Hasta este año, las disposiciones que permitían a los empleadores impedir que quienes entablaran una demanda en su contra volvieran a trabajar para la empresa eran completamente legales.

Una nueva ley (AB 749) firmada por el gobernador de California Gavin Newsom cambió esta práctica de larga data. Si usted es un empleado que enfrentó discriminación o acoso en el lugar de trabajo que resultó en una oferta de acuerdo de su empleador, asegúrese de que sus derechos legales estén protegidos para cualquier oportunidad de empleo futura que desee tener con este empleador en el futuro.

Historial de Disposiciones de No Volver a contratar

Muchos empleadores simplemente desean la opción de terminar automáticamente las solicitudes futuras de cualquier empleado que alguna vez haya presentado una queja de acoso o discriminación contra ellos. La Cámara de Comercio de California argumentó que esta práctica ya era ilegal bajo la Ley de California bajo la Sección 16600 del Código de Negocios y Profesiones. Sin embargo, muchos defensores de la nueva ley AB 749 no estuvieron de acuerdo y declararon que se requería un proyecto de ley proactivo para proteger a las víctimas que sufren discriminación y acoso en el lugar de trabajo.

Actual Ley AB 749

La nueva ley AB 749 entró en vigor el 1 de enero de 2020 y requiere que cualquier negocio que opere bajo la ley de California debe asegurarse de que todas las disposiciones de no volver a contratar se eliminen de los documentos de empleo. Esto puede incluir la eliminación de preguntas en las solicitudes de empleo que preguntan si un empleado ha trabajado alguna vez para el empleador anteriormente.

Además, todos los empleadores deben revisar sus acuerdos de terminación y liquidación. Cualquier disposición de reincorporación que se encuentre en estos acuerdos se considerará nula bajo la ley. Sin embargo, es importante tener en cuenta que las disposiciones de no volver a contratar aún se pueden permitir bajo la ley si un empleado acosó o discriminó sexualmente a otro empleado, violó la ley o fue despedido por una razón legítima fuera del alcance de una demanda por acoso o discriminación. Por lo tanto, si un empleador despidió legítimamente a una persona por cualquier motivo de no discriminación o no represalia, no está obligado a excluir esta disposición de no volver a contratar en esos contratos de rescisión.

Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo

La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) también ha adoptado la postura de que las disposiciones de no volver a contratar en los acuerdos de conciliación relacionados con la discriminación o el acoso son ilegales y podrían considerarse represalias adicionales que son ilegales. Con las leyes federales y estatales que ahora indican activamente que las disposiciones de no volver a contratar son contrarias a la ley, los empleadores de California deben tomar medidas inmediatas para garantizar que no violen estos estándares en ninguno de sus acuerdos, contratos u ofertas de conciliación.

Póngase en contacto con un abogado con experiencia

Si usted, como empleado, se opuso a la discriminación o el acoso, tiene derecho a elegir su futuro empleo, que puede incluir la misma empresa para la que trabajó anteriormente. Comuníquese con los abogados experimentados del Bufete de Abogados Omid Nosrati al 310-905-8428 o en línea hoy mismo. Podemos ayudar a garantizar que sus derechos legales estén protegidos.



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